El maltrato infantil es una cruda realidad que sufren miles de niños y niñas diariamente. Es muy triste que en pleno siglo XXI millones de menores sean maltratados, ya sea física o psicologicamente, violados, o explotados.


Las creadoras de este blog pretendemos, con imágenes bastante duras, mostrar lo que está pasando en la actualidad y de lo que muchas veces somos inconscientes hasta que "nos toca". Reflejamos, por tanto, el sufrimiento de los más pequeños con el fin de intentar concienciar a la sociedad, en especial a nuestro seguidores, de esta situación. Para esto a lo largo de las diferentes entradas analizamos los distintos tipos de maltrato, así como explicamos la legislación y jurisprudencia que afecta al tema que nos concierne.



23 de abril de 2011

LEGISLACIÓN

Respecto a la legislación del maltrato infantil el texto legal fundamental es la Declaración Universal de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 20 de noviembre de 1959. Tal declaración establece los siguientes principios fundamentales:


Principio 1: El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Principio 2: El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Principio 3: El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Principio 4: El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Principio 5: El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Principio 6: El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 7: El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Principio 8: El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Principio 9: El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 10: El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

4 comentarios:

  1. Muchas gracias por colgar los principios en el blog!! Son realmente interesantes y había varios que desconocía!!

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  2. En realidad no solo los desconocías tu hay mucha gente, demasiada, que los desconoce, de ahí a los actos tan escabrosos que se comenten.

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  3. Muy buena entrada!! es interesante conocer los principios fundamentales que tienen todos los niños , ya que muchos de ellos ; por lo menos en nuestro caso ; desconocíamos.

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  4. Nosotras creemos que el mporblema de que desconozcais los derechos de los más pequeños no es culpa vuestra, sino de la administración y de como está montado este mundo

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