El maltrato infantil es una cruda realidad que sufren miles de niños y niñas diariamente. Es muy triste que en pleno siglo XXI millones de menores sean maltratados, ya sea física o psicologicamente, violados, o explotados.


Las creadoras de este blog pretendemos, con imágenes bastante duras, mostrar lo que está pasando en la actualidad y de lo que muchas veces somos inconscientes hasta que "nos toca". Reflejamos, por tanto, el sufrimiento de los más pequeños con el fin de intentar concienciar a la sociedad, en especial a nuestro seguidores, de esta situación. Para esto a lo largo de las diferentes entradas analizamos los distintos tipos de maltrato, así como explicamos la legislación y jurisprudencia que afecta al tema que nos concierne.



1 de mayo de 2011

MALTRATO INFANTIL DESDE CHILE

Conforme a un estudio realizado por el Hospital de Niños Roberto del Río, perteneciente a Chile, cuyos autores son: el Dr. Hernán Moya Suárez, Traumatólogo Infantil; el Dr. Francisco Olivari Piña, Pediátra; y la Dra. Fresia Ulloa Chávez, Psiquiatra Infantil, el maltrato infantil constituye uno de los problemas sociales más graves y dramático que afecta a los niños.
En este estudio se hace referencia a diferentes cuestiones del maltrato infantil, de las cuales solamente explicaremos las que nos han parecido más relevantes y que consideramos que interesarán a los seguidores de este blog. Son las siguientes:
En primer lugar, la legislación penal actual de Chile no contempla una tipificación específica acerca de la figura del “Maltrato infantil”, existiendo sólo disposiciones contenidas en distintos cuerpos legales que hacen referencia a esta problemática.
De este modo, el artículo 234 del Código Civil, ubicado dentro del párrafo “De los Derechos y Obligaciones entre Padres e Hijos”, otorga a los padres la facultad de corregir a sus hijos, haciendo presente que dicha facultad no puede menoscabar su salud ni su desarrollo personal.
Por otra parte la Ley 19.325, que establece normas sobre procedimientos y sanciones relativas a los Actos de Violencia Intrafamiliar, define en su Artículo Primero lo que debe entenderse como Acto de Violencia Intrafamiliar. Las normas más específicas en lo referente a Maltrato Infantil las encontramos en la Ley 19.324, que introduce modificaciones a la Ley de Menores (Ley 16.618) en esta materia.

Por otra parte, tanto el proceso de reconocimiento de un caso de maltrato infantil como el proceso concerniente a su denuncia, aparece resumido en el siguiente cuadro sinóptico:








Por último, es interesante contemplar las medidas y decisiones adoptadas en caso de urgencia.

30 de abril de 2011

MALTRATO INFANTIL: LA ONU Y LA ERRADUCACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN INFANTIL

La eliminación del trabajo infantil ha sido una de las prioridades de las organizaciones de las Naciones Unidas desde sus inicios, a fin de prevenir y combatir la explotación infantil.
Desde sus inicios la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de las Naciones Unidas ha basado su acción en la estipulación de la edad mínima de admisión al empleo como criterio para definir y reglamentar el trabajo infantil. También promueve un enfoque flexible, que le permite a los países abordar progresivamente el problema a partir de estrategias orientadas al fortalecimiento de las capacidades nacionales y a la atención prioritaria de niños, niñas y adolescentes víctimas de las peores formas de trabajo infantil.
Además, en 1992 la OIT creó el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC, por sus siglas en inglés) una iniciativa de cooperación técnica dedicada exclusivamente a prevenir y combatir el trabajo de los niños y niñas. Es nuestro deber ayudar a estos niños que son utilizados injustamente para el beneficio de otros.
La OIT cuenta, además, con el proyecto SCREAM, un proyecto que se realiza entre los alumnos de la ESO, donde la finalidad es educar y enseñar dónde está el problema.



Si bien en los ámbitos oficiales hay consenso en torno a estos objetivos, existen voces discrepantes como las de los movimientos de niños, niñas y adolescentes trabajadores que cuestionan el enfoque de erradicación del trabajo infantil, entre otras razones porque no considera las características culturales de muchos pueblos y naciones que integran el trabajo infantil como una estrategia pedagógica y de socialización, es un enfoque que criminzaliza a quienes son víctimas de determinadas condiciones sociales y se resiste a considerar la opinión de quienes dice favorecer, esto es, de los niños, niñas y adolescentes trabajadores. En el Perú para el año 2001 se reportaban un promedio de 1'900,000 niños, niñas y adolescentes que trabajan de los cuales 664,000 como promedio los hacían en las calles de las ciudades más grandes del país. Como una de las estrategias principales surgio el Programa Educadores de Calle desde el Estado, aunque su cobertura más alta fue alcanzar la atención de 8.000 niños, niñas y adolescentes trabajadores de la calle.

MALTRATO INFANTIL: EXPLOTACIÓN INFANTIL, CAUSAS

Las causas de la explotación infantil son múltples:
  • Marginación social y extrema pobreza: la familia en general carece de las condiciones necesarias de subsistencia y hace que los niños trabajen para mantener la economía familiar. Esta situación solo puede resolverse con una decidida voluntad estatal de desarrollar a la nación y proteger la familia.
  • Redes de explotación infantil: múltiples redes del crimen organizado trabajan en todo el planeta para usar a los niños y niñas en sus propósitos económicos, como la mendicidad y la prostitución.
  • Conflictos armados: en situaciones desastrosas de orden público, los niños y las niñas son víctimas de todo tipo de abuso.
  • Por presión del grupo de pares: algunos niños y adolescentes trabajan por acompañar a sus amigos, sus ganancias son utilizadas para cubrir sus propias necesidades, pero por el gusto de manejar dinero se van quedando mayor tiempo en las calles, adaptándose a las vivencias de la calle.
  • Por negligencia de sus padres: Esto es un acto de irresponsabilidad paterna. Es muy frecuente en padres adolescentes.
  • Por orfandad: Esto se da cuando los niños o adolescentes son huérfanos y no tienen como sostenerse (esto tiene que ver algo con la mendicidad).

29 de abril de 2011

MALTRATO INFANTIL: EXPLOTACIÓN INFANTIL, ¿POR QUÉ NO DEBEN TRABAJAR LOS NIÑOS?

Por que no deben "trabajar" los niños
Las razones por las cuales se debe evitar condiciones de explotación laboral en niños y niñas, son las siguientes:
  • Si el trabajo no permite al menor ser un niño o una niña, por ejemplo, no le da espacio para la lúdica, tiempo normal para los niños del mundo.
  • Si el trabajo atenta contra los derechos fundamentales del niño.
  • Si el trabajo puede poner en riesgo su salud mental y física, por ejemplo, existen labores que entorpecen el normal crecimiento (trabajar en un socavón) o atrofian su cuerpo.

Trabajos peligrosos

Los "trabajos peligrosos" se refieren a actividades que ponen en peligro la vida y la salud mental o física del trabajador. En cada nación del mundo deben existir legislaciones que garanticen la protección del obrero que realiza trabajos peligrosos y en cuanto a menores de edad, estos no pueden ser permitidos bajo ninguna circunstancia. Algunos de estos trabajos peligrosos son:
  • Explotación minera.
  • Trabajos que manipulan productos químicos, por ejemplo los pesticidas en la actividad agraria.
  • Manipulación de maquinaria pesada y peligrosa como materiales corta punzantes o eléctricos.
  • Trabajo en las diferentes construcciones de edificios.
  • Trabajos relacionados con acciones bélicas de todo tipo.
  • Trabajos que tienen que ver con manipulación de armas.

Trabajos sospechosos

Trabajos que no tienen un riesgo para la vida, pero que constituyen un abuso a los derechos del niño son aquellos que le exigen trabajar ocultos a la luz pública, en situaciones infrahumanas, en largas horas de trabajo y poca remuneración y que obstaculizan el normal desarrollo de su crecimiento. Entre ellos se pueden contar los siguientes:
  • Niños y niñas que trabajan en el servicio doméstico.
  • Niños y niñas que trabajan en plantaciones.
  • Niños y niñas que atienden negocios como camareros.
  • Niños y niñas que venden cosas en las calles.
  • Mendicidad infantil.
  • La prostitución.

"Trabajos" contra la dignidad humana

Son situaciones de explotación, mal denominados "trabajos", que atentan contra el normal crecimiento del niño y la niña y va en contra de su dignidad y respeto personal se convierten además en abuso infantil:
Estas situaciones de explotación y abuso desvirtúan la percepción de los niños, niñas y adolescentes, sus modelos a seguir por lo general son negativos y sus experiencias de vida, muchas veces les hacen dar mayor crédito a actitudes de riesgo y de mayor peligro.

28 de abril de 2011

MALTRATO INFANTIL: EXPLOTACIÓN INFANTIL, CONCEPTO

Dentro del maltrato infantil a parte del maltrato físico y psicológico o el abuso sexual también podemos incluir, la tan conocida hoy en día, explotación infantil, también llmado trabajo infantil. esta se refiere al trabajo de niños en cualquier sistema de producción económica de un país, una región y en el mantenimiento económico de un grupo familiar. Esta actividad es es un hecho que azota en especial a países en vías de desarrollo, pero en el mismo se ven implicados los países industrializados.
Dentro de la explotación infantil podemos considarar varios grupos:
  • Todos los niños y niñas menores de 18 años que desempeñan cualquier actividad económica de producción que afecte su desarrollo personal o el disfrute de sus derechos.
  • Niños y niñas que son obligados a mantener un constante trabajo para que después le quiten los ingresos recaudados.
  • Niños y niñas en edades comprendidas entre los 12 y los 14 años que realizan cualquier trabajo que implique un riesgo y sea evidentemente peligroso.
  • Todos aquellos menores de edad que son víctimas de las peores formas de explotación infantil como las siguientes:
    • Niños y niñas víctimas del tráfico (drogas, armas, etc.)
    • Que sufren cualquier forma de esclavitud.
    • Obligados a prostituirse.
    • Reclutados por la fuerza, obligados o inducidos a realizar actividades ilegales o que amenazan su integridad.
Es pertinente el uso del concepto "explotación infantil" en vez del genérico de "trabajo infantil" en la medida en que existen formas de trabajo en las que participan niños, niñas y adolescentes, y que no necesariamente implican formas de explotación o abuso, como son los trabajos formativos propios de las culturas ancestrales o el trabajo vacacional (temporal) de colegiales en las sociedades urbanas. En este sentido vale la pena recordar los artículos de la declaración universal de los derechos humanos: Artículo 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 25, 2. La maternidad y linfancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.

25 de abril de 2011

ANÁLISIS DEL BLOG

En el siguiente enlace analizamos nuestro blog en un archivo de procesador de textos:
https://docs.google.com/document/d/1b7VJxvDHCT92Gihe_ZZLtL6w4C63qxQSKBr2LiiCzlU/edit?hl=es

Incluimos también una presentación del tema que lo resume brevemente:
https://docs.google.com/present/edit?id=0AfrNxxi1UwQDZGdzOGoycm1fMGRraDR3M2cy&hl=es

CONDUCTA DEL PROFESOR ANTE UN CASO DE MALTRATO INFANTIL EN EL COLEGIO

¿Qué hacer si hay sospecha de maltrato físico, psicológico, o abuso sexual por parte de un docente?
• Siempre actuar con prudencia y recordar que lo principal es proteger al niño.
• Conversar sobre su sospecha con la autoridad del establecimiento y definir los pasos a seguir.
• Reunir toda la información posible para aclarar la situación.
• Contactar algunas de las instituciones pertenecientes a la red de prevención y manejo de maltrato infantil de su comuna y fijar una reunión, para dar a conocer la situación. (Ver directorio de Instituciones o concurrir al consultorio u hospital).
• La información recabada debe ser entregada de manera clara y precisa a un profesional especializado de la red.
• Al entregar los antecedentes aclare dudas, procedimientos a seguir y el rol del colegio en ellos.
• En el caso específico de sospecha de abuso sexual infantil, se sugiere llamar al fono de SENAME 800 730 800, quienes le informarán los pasos a seguir.

Si se trata de maltrato físico leve y psicológico debe:
• Informar a la autoridad del colegio para que comunique el hecho a la Dirección Provincial de Educación. Asimismo, estos hechos se pueden denunciar ante el Ministerio Público, policías o tribunales competentes.
• La autoridad del colegio debe llamar al docente involucrado e informarle de las medidas que ha dictaminado.
• Llamar a los apoderados del alumno e informar de los hechos y de las acciones realizadas.

Si se trata de maltrato físico grave y/o abuso sexual:
• Este tipo de maltrato y abuso siempre deben denunciarse
• Informar de inmediato a la autoridad correspondiente del colegio para que comunique la situación a la Dirección Provincial de educación a fin de tomar medidas de protección para el alumno.
• El colegio debe llevar al alumno al centro de salud u hospital más cercano, o al Instituto Médico Legal a fin de constatar las lesiones del niño.
• Estampar la denuncia en Carabineros o Policía de Investigaciones.
• Avisar a los parientes o familiares del alumno que le brinden total confianza y explicarles la situación.

24 de abril de 2011

INSTITUCIONES QUE INTERVIENEN EN EL MANEJO DE LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL

● Escuelas o Colegios.
● Carabineros.
● Consultorios de Atención Primaria de Salud y Centros de Salud Familiar.
● Hospital.
● Organizaciones Comunitarias.
● Policía de Investigaciones.
● Juzgados.
● Instituto Médico Legal.

23 de abril de 2011

LEGISLACIÓN

Respecto a la legislación del maltrato infantil el texto legal fundamental es la Declaración Universal de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 20 de noviembre de 1959. Tal declaración establece los siguientes principios fundamentales:


Principio 1: El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Principio 2: El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Principio 3: El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Principio 4: El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Principio 5: El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.

Principio 6: El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 7: El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Principio 8: El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

Principio 9: El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 10: El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

22 de abril de 2011

JURISPRUDENCIA

Dos sentencias que consideramos relevantes por la dureza de los hechos que describen son las que mencionamos a continuación. Adjuntamos un resumen de las mismas y no la totalidad del texto debido a su extensión, no obstante si os interesan estas sentencias y otras relacionadas con el maltrato infantil podéis buscarlas en bases de datos jurídicas como son Aranzadi y Tirant online.


Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1ª).
Sentencia núm. 716/2009 de 2 julio RJ 2009/5976

ASESINATO: Alevosía: existencia: paliza a niña de 3 años, que incluye un gran golpe en el abdomen, que produce la muerte por rotura del asa intestinal. HOMICIDIO: Por imprudencia grave: existencia: madre que, pese a conocer las anteriores agresiones que su pareja había perpretado contra su hija, la deja a su cuidado, asesinándola aquél. IGUALDAD ANTE LA LEY: vulneración inexistente: condena del autor directo por asesinato alevoso y de la madre, por los mismos hechos, por homicidio imprudente. VIOLENCIA DOMESTICA: Maltrato físico: inexistencia: episodios que puede tener origen fortuito, frente a otro que, por la pluralidad y localización de los hematomas, es atribuible a la conducta del acusado; Violencia habitual: existencia: numerosos vestigios físicos de anteriores agresiones, que la autopsia descarta sean atribuibles a problemas circulatorios. COSTAS PROCESALES: de la acusación popular de la Asociación Clara Campoamor, en caso de violencia infantil constitutiva de asesinato: no procede la imposición al condenado: no se actúa en defensa de intereses difusos, sino que se concretan en una víctima representada por la acusación particular. 



Audiencia Provincial de Murcia (Sección 3ª).
Auto núm. 136/2007 de 14 septiembre JUR 2008/50841

SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL: procedencia: maltrato infantil: hechos enmarcados en una situación compleja por la gran conflictividad generada a raíz de la separación conyugal, involucrando al menor y trascendiendo a sus relaciones con su madre.

21 de abril de 2011

PREVENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL Y ACTUACIÓN DEL PEDIATRA

Los pediatras, al ser los profesionales de salud que están en mayor contacto con los niños, son los llamados a realizar la prevención del maltrato infantil, además de establecer diagnósticos y junto con un equipo multidisciplinario colaborar en su tratamiento.
Los pediatras se encuentran en una posición favorable para detectar niños en situación de riesgo (sobre todo en menores de 5 años, la población más vulnerable), a partir de esta edad los maestros comienzan a tener un papel principal en la prevención y diagnóstico.
La prevención del maltrato infantil se establece en tres niveles:

Prevención Primaria: dirigida a la población general con el objetivo de evitar la presencia de factores estresores o de riesgo y potenciar los factores protectores del maltrato infantil.
Se incluyen:
  • Sensibilización y formación de profesionales de atención al menor.
  • Intervenir en la psicoprofilaxis obstétrica (preparación al parto).
    Intervenir en las escuelas para padres, promoviendo valores de estima hacia la infancia, la mujer y la paternidad.
  • Prevenir el embarazo no deseado, principalmente en mujeres jóvenes, mediante la educación sexual en centros escolares y asistenciales.
  • Búsqueda sistemática de factores de riesgo en las consultas de niño sano. Así como evaluar la calidad del vínculo afectivo padres-hijos, los cuidados del niño, actitud de los padres en la aplicación del binomio autoridad-afecto.
  • Intervenir en las consultas y exponer los derechos de los niños y la inconveniencia de los castigos físicos. Ofrecer la alternativa de la aplicación del castigo conductual.
  • Identificar los valores y fortalezas de los padres, reforzando su autoestima.
Prevención Secundaria: dirigida a la población de riesgo con el objetivo de realizar un diagnóstico temprano y un tratamiento inmediato. Atenuar los factores de riesgo presentes y potenciar los factores protectores.
Se incluyen:
  • Reconocer situaciones de maltrato infantil, estableciendo estrategias de tratamiento.
  • Reconocer situaciones de violencia doméstica o de abuso a la mujer y buscar soluciones.
  • Reconocer las conductas paternas de maltrato físico o emocional, considerando la remisión de la familia a una ayuda especializada en el manejo de la ira y la frustración.
  • Remitir a centros de salud mental a padres con adicción a alcohol y drogas.
Prevención Terciaria: consiste en la rehabilitación del maltrato infantil, tanto para los menores víctimas como para los maltratadores. Para ello se debe disponer de un equipo interdisciplinario (pediatras, psiquiatras, psicólogos, trabajadores sociales, orientadores familiares, terapeutas, jueces de menores, cuerpos policiales, etc.).

20 de abril de 2011

COMO RECONOCER A PADRES Y MADRES MALTRATADORES


  • Parecen no preocuparse por el/la niño/a
  • No acuden nunca a las citas o reuniones del colegio
  • Desprecian o desvalorizan al niño/a en público
  • Sienten a su hijo/a como una "propiedad" (puedo hacer con mi hijo/a lo que quiero porque es mío/a)
  • Pueden presentar dificultades en su relación de pareja
  • Recogen y llevan al niño al colegio sin permitir contactos sociales
  • Los padres están siempre fuera de casa (nunca tienen tiempo para…)
  • Compensan con bienes materiales la escasa relación personal afectiva que mantiene con sus hijos
  • Trato desigual entre los hermanos
  • Justifican disciplina rígida y autoritaria
  • Ofrecen explicaciones ilógicas, contradictorias no convincentes o bien no tienen explicación frente a situaciones sospechosas.
  • Estos indicadores pueden observarse en otros casos que no necesariamente son de maltrato, pero son un indicio que nos permite ponernos en alerta.

19 de abril de 2011

COMO RECONOCER EL MALTRATO INFANTIL

Las siguientes señales son signos del maltrato por parte del padre o madre:
■ Señales físicas repetidas (moretones, rasguños, quemaduras…)
■ Niñas sucios, mal olientes, con ropas rotas y desabrigadas, etc.
Ver imagen en tamaño completo
■ Cansancio o apatía permanente (se suele dormir en clases)
■ Cambio significativo en la conducta escolar sin motivo aparente
■ Conductas agresivas y/o rabietas severas y persistentes
■ Relaciones hostiles y distantes
■ Conducta agresiva, rebelde o en extremo sumisa
■ Trastornos de desarrollo, especialmente en el área del lenguaje
■ Enfermedades repetidas que no son atendidas adecuadamente
■ Ausencia a controles de salud
■ Alto ausentismo escolar
■ Niñas solas, con falta de supervisión de adultos

18 de abril de 2011

CONSECUENCIAS DEL MALTRATO INFANTIL

Consecuencias del maltrato infantil

Independientemente de las secuelas físicas que desencadena directamente la agresión producida por el abuso físico o sexual, todos los tipos de maltrato infantil dan lugar a trastornos conductuales, emocionales y sociales. La importancia, severidad y cronicidad de las estas secuelas depende de:
  • Intensidad y frecuencia del maltrato.
  • Características del niño (edad, sexo, susceptibilidad, temperamento, habilidades sociales, etc).
  • El uso o no de la violencia física.
  • Relación del niño con el agresor.
  • Apoyo intrafamiliar a la víctima infantil.
  • Acceso y competencia de los servicios de ayuda médica, psicológica y social.
En los primeros momentos del desarrollo evolutivo se observan repercusiones negativas en las capacidades relacionales de apego y en la autoestima del niño. Así como pesadillas y problemas del sueño, cambios de hábitos de comida, pérdidas del control de esfínteres, deficiencias psicomotoras, trastornos psicosomáticos.
En escolares y adolescentes encontramos: fugas del hogar, conductas autolesivas, hiperactividad o aislamiento, bajo rendimiento académico, deficiencias intelectuales, fracaso escolar, trastorno disociativo de identidad, delincuencia juvenil, consumo de drogas y alcohol, miedo generalizado, depresión, rechazo al propio cuerpo, culpa y vergüenza, agresividad, problemas de relación interpersonal.
Diversos estudios señalan que el maltrato continúa de una generación a la siguiente. De forma que un niño maltratado tiene alto riesgo de ser perpetuador de maltrato en la etapa adulta.

UNA IMAGEN VALE MÁS QUE MIL PALABRAS

17 de abril de 2011

ASOCIACIONES ESPAÑOLAS PARA LA PREVENCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL

En esta entrada dejamos colgados una serie de enlaces para quien deseen investigar más acerca del tema:

·  Federación de Asociaciones de Maltrato Infantil : FAPMI. http://www.fapmi.es/

·  FAPMI- Revista :"Bienestar y Protección Infantil". http://www.fapmi.es/revista.htm

·  ACIM : Asociación catalana para la infancia maltratada. http://www.acim.es/indexesp.htm


·  ECPAT ESPAÑA : Asociación internacional dedicada a combatir la explotación sexual infantil en todo el mundo.

·  Defensor del pueblo andaluz : Informe especial sobre el Sistema de Protección de Menores de Andalucía.

·  Defensor del pueblo andaluz : Enlaces a asociaciones, organismos e instituciones defensoras de los derechos humanos. http://www.defensordelmenor-and.es/frames/enlaces/enlaces.asp

·  Sindic de greuges: El defensor de los niños/ El Defensor dels infants/El defensor de los jóvenes/El defensor dels joves. http://www.sindic.cat/infants/default.html


·  Protegeles.com: Facilitar a la Policía y Guardia Civil la eliminación de páginas de pornografía infantil en internet.

16 de abril de 2011

MALTRATO INFANTIL: EL ABUSO SEXUAL

El abuso sexual es uno de los tipos de maltrato que implica mayores dificultades a la hora de estudiar. Consiste en aquellas relaciones sexuales, que mantiene un niño o una niña (menor de 18 años) con un adulto o con un niño de más edad, para las que no está preparado evolutivamente y en las cuales se establece una relación de sometimiento, poder y autoridad sobre la víctima.
Las formas más comunes de abuso sexual son: el incesto, la violación, la vejación y la explotación sexual. También incluye la solicitud indecente sin contacto físico o seducción verbal explícita, la realización de acto sexual o masturbación en presencia de un niño y la exposición de órganos sexuales a un niño.
El maltratador habitualmente es un hombre (padre, padrastro, otro familiar, compañero sentimental de la madre u otro varón conocido de la familia). Raramente es la madre, cuidadora u otra mujer conocida por el niño.

Otro tipo de maltrato infantil es el llamado Sindrome de Münchausen por poderes, consiste en inventar una enfermedad en el niño o producirla por la administración de sustancias y medicamentos no prescritos.
Generalmente se trata de un niño en la edad de lactante-preescolar (edad media de 3 años). Los signos y síntomas aparecen solamente en presencia de la madre (habitualmente el perpetrador del abuso), son de causa inexplicable y los exámenes complementarios no aclaran el diagnóstico. Este sindrome presenta una mortalidad entre 10-20%, y su impacto a largo plazo puede dar lugar a desórdenes psicológicos, emocionales y conductuales.
Además se debe incluir el maltrato prenatal, definido como aquellas circunstancias de vida de la madre, siempre que exista voluntariedad o negligencia, que influyen negativa y patológicamente en el embarazo, parto y repercuten en el feto. Tales como: rechazo del embarazo, falta de control y seguimiento médico del embarazo, negligencia personal en la alimentación e higiene, medicaciones excesivas o no prescritas, consumo de alcohol, drogas y tabaco, exposición a radiaciones, y otras.
En los últimos tiempos se habla de maltrato institucional, que consiste en cualquier legislación, programa o procedimiento, ya sea por acción o por omisión, procedente de poderes públicos o privados, por profesionales al amparo de la institución, que vulnere los derechos básicos del menor, con o sin contacto directo con el niño.
Cada uno de estos tipos de maltrato infantil presentan indicadores físicos y conductuales en el menor maltratado, así como indicadores conductuales y actitudes del maltratador, lo cual ayuda en su diagnóstico.

15 de abril de 2011

CAUSAS DEL MALTRATO INFANTIL

Las causas del maltrato infantil

Los estudiosos del tema del maltrato infantil han tratado de explicar su aparición y mantenimiento utilizando diversos modelos, así tenemos: el modelo sociológico, que considera que el abandono físico es consecuencia de situaciones de carencia económica o de situaciones de aislamiento social (Wolock y Horowitz, 1984); el modelo cognitivo, que lo entiende como una situación de desprotección que se produce como consecuencia de distorsiones cognitivas, expectativas y percepciones inadecuadas de los progenitores/cuidadores en relación a los menores a su cargo (Larrance, 1983); el modelo psiquiátrico, que considera que el maltrato infantil es consecuencia de la existencia de psicopatología en los padres (Polansky, 1985); el modelo del procesamiento de la información, que plantea la existencia de un estilo peculiar de procesamiento en las familias con menores en situación de abandono físico o negligencia infantil (Crittender, 1993); y por último el modelo de afrontamiento del estrés, que hace referencia a la forma de evaluar y percibir las situaciones y/o sucesos estresantes por parte de estas familias (Hilson y Kuiper, 1994).
En la actualidad el modelo etiopatogénico que mejor explica el maltrato infantil, es el modelo integral del maltrato infantil. Este modelo considera la existencia de diferentes niveles ecológicos que están encajados unos dentro de otros interactuando en una dimensión temporal. Existen en este modelo factores compensatorios que actuarían según un modelo de afrontamiento, impidiendo que los factores estresores que se producen en las familias desencadenen una respuesta agresiva hacia sus miembros. La progresiva disminución de los factores compensatorios podría explicar la espiral de violencia intrafamiliar que se produce en el fenómeno del maltrato infantil. Entre los factores compensatorios se señalan: armonía marital, planificación familiar, satisfacción personal, escasos sucesos vitales estresantes, intervenciones terapéuticas familiares, apego materno/paterno al hijo, apoyo social, buena condición financiera, acceso a programas sanitarios adecuados, etc. Entre los factores estresores se cuentan: historia familiar de abuso, disarmonía familiar, baja autoestima, trastornos físicos y psíquicos en los padres, farmacodependencia, hijos no deseados, padre no biológico, madre no protectora, ausencia de control prenatal, desempleo, bajo nivel social y económico, promiscuidad, etc.

13 de abril de 2011

¿QUÉ ES EL MALTRATO INFANTIL?

El maltrato a los niños es un problema universal que ha existido desde tiempos remotos, sin embargo es en el siglo XX con la declaración de los derechos del niño (O.N.U. 1959), cuando se le considera como un delito y un problema de profundas repercusiones psicológicas, sociales, éticas, legales y médicas.
La investigación norteamericana sitúa el comienzo de la sensibilización mundial cuando investigadores como Kempe, Silverman, Steele, y otros, en 1962 etiquetaron el llamado Sindrome del niño maltratado.

Definición del maltrato infantil.



No existe una definición única de maltrato infantil, ni una delimitación clara y precisa de sus expresiones. Sin embargo, lo más aceptado como definición es todas aquellas acciones que van en contra de un adecuado desarrollo físico, cognitivo y emocional del niño, cometidas por personas, instituciones o la propia sociedad. Ello supone la existencia de un maltrato físico, negligencia, maltrato psicológico o un abuso sexual. (NCCAN, 1988). Esta definición está en concordancia con la existente en el manual de psiquiatría DSM-IV.

EL MALTRATO INFANTIL ES COSA DE TODOS.

11 de abril de 2011

CLASIFICACIÓN DEL MALTRATO INFANTIL: M. FÍSICO, ABANDONO, EMOCIONAL.

1. El maltrato físico

Este tipo de maltrato abarca una serie de actos perpetrados utilizando la fuerza física de modo inapropiado y excesivo. Es decir, es aquel conjunto de acciones no accidentales ocasionados por adultos (padres, tutores, maestros, etc.), que originan en el niño un daño físico o enfermedad manifiesta. Aquí se incluyen golpes, arañazos, fracturas, pinchazos, quemaduras, mordeduras, sacudidas violentas, etc.

2. La negligencia o abandono

La negligencia es una falta de responsabilidad parental que ocasiona una omisión ante aquellas necesidades para su supervivencia y que no son satisfechas temporal o permanentemente por los padres, cuidadores o tutores. Comprende una vigilancia deficiente, descuido, privación de alimentos, incumplimiento de tratamiento médico, impedimento a la educación, etc.

3. El maltrato emocional

Es aquel conjunto de manifestaciones crónicas, persistentes y muy destructivas que amenazan el normal desarrollo psicológico del niño. Estas conductas comprenden insultos, desprecios, rechazos, indiferencia, confinamientos, amenazas, en fin, toda clase de hostilidad verbal hacia el niño. Este tipo de maltrato, ocasiona que en los primeros años del niño, éste no pueda desarrollar adecuadamente el apego, y en los años posteriores se sienta excluido del ambiente familiar y social, afectando su autoestima y sus habilidades sociales.