El maltrato infantil es una cruda realidad que sufren miles de niños y niñas diariamente. Es muy triste que en pleno siglo XXI millones de menores sean maltratados, ya sea física o psicologicamente, violados, o explotados.


Las creadoras de este blog pretendemos, con imágenes bastante duras, mostrar lo que está pasando en la actualidad y de lo que muchas veces somos inconscientes hasta que "nos toca". Reflejamos, por tanto, el sufrimiento de los más pequeños con el fin de intentar concienciar a la sociedad, en especial a nuestro seguidores, de esta situación. Para esto a lo largo de las diferentes entradas analizamos los distintos tipos de maltrato, así como explicamos la legislación y jurisprudencia que afecta al tema que nos concierne.



1 de mayo de 2011

MALTRATO INFANTIL DESDE CHILE

Conforme a un estudio realizado por el Hospital de Niños Roberto del Río, perteneciente a Chile, cuyos autores son: el Dr. Hernán Moya Suárez, Traumatólogo Infantil; el Dr. Francisco Olivari Piña, Pediátra; y la Dra. Fresia Ulloa Chávez, Psiquiatra Infantil, el maltrato infantil constituye uno de los problemas sociales más graves y dramático que afecta a los niños.
En este estudio se hace referencia a diferentes cuestiones del maltrato infantil, de las cuales solamente explicaremos las que nos han parecido más relevantes y que consideramos que interesarán a los seguidores de este blog. Son las siguientes:
En primer lugar, la legislación penal actual de Chile no contempla una tipificación específica acerca de la figura del “Maltrato infantil”, existiendo sólo disposiciones contenidas en distintos cuerpos legales que hacen referencia a esta problemática.
De este modo, el artículo 234 del Código Civil, ubicado dentro del párrafo “De los Derechos y Obligaciones entre Padres e Hijos”, otorga a los padres la facultad de corregir a sus hijos, haciendo presente que dicha facultad no puede menoscabar su salud ni su desarrollo personal.
Por otra parte la Ley 19.325, que establece normas sobre procedimientos y sanciones relativas a los Actos de Violencia Intrafamiliar, define en su Artículo Primero lo que debe entenderse como Acto de Violencia Intrafamiliar. Las normas más específicas en lo referente a Maltrato Infantil las encontramos en la Ley 19.324, que introduce modificaciones a la Ley de Menores (Ley 16.618) en esta materia.

Por otra parte, tanto el proceso de reconocimiento de un caso de maltrato infantil como el proceso concerniente a su denuncia, aparece resumido en el siguiente cuadro sinóptico:








Por último, es interesante contemplar las medidas y decisiones adoptadas en caso de urgencia.

30 de abril de 2011

MALTRATO INFANTIL: LA ONU Y LA ERRADUCACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN INFANTIL

La eliminación del trabajo infantil ha sido una de las prioridades de las organizaciones de las Naciones Unidas desde sus inicios, a fin de prevenir y combatir la explotación infantil.
Desde sus inicios la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de las Naciones Unidas ha basado su acción en la estipulación de la edad mínima de admisión al empleo como criterio para definir y reglamentar el trabajo infantil. También promueve un enfoque flexible, que le permite a los países abordar progresivamente el problema a partir de estrategias orientadas al fortalecimiento de las capacidades nacionales y a la atención prioritaria de niños, niñas y adolescentes víctimas de las peores formas de trabajo infantil.
Además, en 1992 la OIT creó el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC, por sus siglas en inglés) una iniciativa de cooperación técnica dedicada exclusivamente a prevenir y combatir el trabajo de los niños y niñas. Es nuestro deber ayudar a estos niños que son utilizados injustamente para el beneficio de otros.
La OIT cuenta, además, con el proyecto SCREAM, un proyecto que se realiza entre los alumnos de la ESO, donde la finalidad es educar y enseñar dónde está el problema.



Si bien en los ámbitos oficiales hay consenso en torno a estos objetivos, existen voces discrepantes como las de los movimientos de niños, niñas y adolescentes trabajadores que cuestionan el enfoque de erradicación del trabajo infantil, entre otras razones porque no considera las características culturales de muchos pueblos y naciones que integran el trabajo infantil como una estrategia pedagógica y de socialización, es un enfoque que criminzaliza a quienes son víctimas de determinadas condiciones sociales y se resiste a considerar la opinión de quienes dice favorecer, esto es, de los niños, niñas y adolescentes trabajadores. En el Perú para el año 2001 se reportaban un promedio de 1'900,000 niños, niñas y adolescentes que trabajan de los cuales 664,000 como promedio los hacían en las calles de las ciudades más grandes del país. Como una de las estrategias principales surgio el Programa Educadores de Calle desde el Estado, aunque su cobertura más alta fue alcanzar la atención de 8.000 niños, niñas y adolescentes trabajadores de la calle.

MALTRATO INFANTIL: EXPLOTACIÓN INFANTIL, CAUSAS

Las causas de la explotación infantil son múltples:
  • Marginación social y extrema pobreza: la familia en general carece de las condiciones necesarias de subsistencia y hace que los niños trabajen para mantener la economía familiar. Esta situación solo puede resolverse con una decidida voluntad estatal de desarrollar a la nación y proteger la familia.
  • Redes de explotación infantil: múltiples redes del crimen organizado trabajan en todo el planeta para usar a los niños y niñas en sus propósitos económicos, como la mendicidad y la prostitución.
  • Conflictos armados: en situaciones desastrosas de orden público, los niños y las niñas son víctimas de todo tipo de abuso.
  • Por presión del grupo de pares: algunos niños y adolescentes trabajan por acompañar a sus amigos, sus ganancias son utilizadas para cubrir sus propias necesidades, pero por el gusto de manejar dinero se van quedando mayor tiempo en las calles, adaptándose a las vivencias de la calle.
  • Por negligencia de sus padres: Esto es un acto de irresponsabilidad paterna. Es muy frecuente en padres adolescentes.
  • Por orfandad: Esto se da cuando los niños o adolescentes son huérfanos y no tienen como sostenerse (esto tiene que ver algo con la mendicidad).

29 de abril de 2011

MALTRATO INFANTIL: EXPLOTACIÓN INFANTIL, ¿POR QUÉ NO DEBEN TRABAJAR LOS NIÑOS?

Por que no deben "trabajar" los niños
Las razones por las cuales se debe evitar condiciones de explotación laboral en niños y niñas, son las siguientes:
  • Si el trabajo no permite al menor ser un niño o una niña, por ejemplo, no le da espacio para la lúdica, tiempo normal para los niños del mundo.
  • Si el trabajo atenta contra los derechos fundamentales del niño.
  • Si el trabajo puede poner en riesgo su salud mental y física, por ejemplo, existen labores que entorpecen el normal crecimiento (trabajar en un socavón) o atrofian su cuerpo.

Trabajos peligrosos

Los "trabajos peligrosos" se refieren a actividades que ponen en peligro la vida y la salud mental o física del trabajador. En cada nación del mundo deben existir legislaciones que garanticen la protección del obrero que realiza trabajos peligrosos y en cuanto a menores de edad, estos no pueden ser permitidos bajo ninguna circunstancia. Algunos de estos trabajos peligrosos son:
  • Explotación minera.
  • Trabajos que manipulan productos químicos, por ejemplo los pesticidas en la actividad agraria.
  • Manipulación de maquinaria pesada y peligrosa como materiales corta punzantes o eléctricos.
  • Trabajo en las diferentes construcciones de edificios.
  • Trabajos relacionados con acciones bélicas de todo tipo.
  • Trabajos que tienen que ver con manipulación de armas.

Trabajos sospechosos

Trabajos que no tienen un riesgo para la vida, pero que constituyen un abuso a los derechos del niño son aquellos que le exigen trabajar ocultos a la luz pública, en situaciones infrahumanas, en largas horas de trabajo y poca remuneración y que obstaculizan el normal desarrollo de su crecimiento. Entre ellos se pueden contar los siguientes:
  • Niños y niñas que trabajan en el servicio doméstico.
  • Niños y niñas que trabajan en plantaciones.
  • Niños y niñas que atienden negocios como camareros.
  • Niños y niñas que venden cosas en las calles.
  • Mendicidad infantil.
  • La prostitución.

"Trabajos" contra la dignidad humana

Son situaciones de explotación, mal denominados "trabajos", que atentan contra el normal crecimiento del niño y la niña y va en contra de su dignidad y respeto personal se convierten además en abuso infantil:
Estas situaciones de explotación y abuso desvirtúan la percepción de los niños, niñas y adolescentes, sus modelos a seguir por lo general son negativos y sus experiencias de vida, muchas veces les hacen dar mayor crédito a actitudes de riesgo y de mayor peligro.

28 de abril de 2011

MALTRATO INFANTIL: EXPLOTACIÓN INFANTIL, CONCEPTO

Dentro del maltrato infantil a parte del maltrato físico y psicológico o el abuso sexual también podemos incluir, la tan conocida hoy en día, explotación infantil, también llmado trabajo infantil. esta se refiere al trabajo de niños en cualquier sistema de producción económica de un país, una región y en el mantenimiento económico de un grupo familiar. Esta actividad es es un hecho que azota en especial a países en vías de desarrollo, pero en el mismo se ven implicados los países industrializados.
Dentro de la explotación infantil podemos considarar varios grupos:
  • Todos los niños y niñas menores de 18 años que desempeñan cualquier actividad económica de producción que afecte su desarrollo personal o el disfrute de sus derechos.
  • Niños y niñas que son obligados a mantener un constante trabajo para que después le quiten los ingresos recaudados.
  • Niños y niñas en edades comprendidas entre los 12 y los 14 años que realizan cualquier trabajo que implique un riesgo y sea evidentemente peligroso.
  • Todos aquellos menores de edad que son víctimas de las peores formas de explotación infantil como las siguientes:
    • Niños y niñas víctimas del tráfico (drogas, armas, etc.)
    • Que sufren cualquier forma de esclavitud.
    • Obligados a prostituirse.
    • Reclutados por la fuerza, obligados o inducidos a realizar actividades ilegales o que amenazan su integridad.
Es pertinente el uso del concepto "explotación infantil" en vez del genérico de "trabajo infantil" en la medida en que existen formas de trabajo en las que participan niños, niñas y adolescentes, y que no necesariamente implican formas de explotación o abuso, como son los trabajos formativos propios de las culturas ancestrales o el trabajo vacacional (temporal) de colegiales en las sociedades urbanas. En este sentido vale la pena recordar los artículos de la declaración universal de los derechos humanos: Artículo 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 25, 2. La maternidad y linfancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.